Decreto Supremo de Bolivia 27433

DS-27433
Decreto Supremo del 2 de abril de 2004
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Considerando:

•Que la Ley 2627 de 30 de diciembre de 2003 - Ley del Presupuesto General de la Nación Gestión 2004, establece los niveles de remuneración de las consultorías individuales y sus restricciones, exceptuando a las consultorías para realizar trabajos específicos por plazo y producto determinado y no renovable en un período similar al de la duración del contrato.
•Que el Decreto supremo N° 27327 de 31 de enero de 2004, dentro del marco de austeridad y racionalización del gasto de las entidades públicas, establece que cualquier incremento en las Partidas 25200 "Estudios e Investigaciones", 25800 "Estudios de Investigaciones para Proyectos de Inversión" y 46200 "Estudios y Proyectos para Construcciones de Bienes de Dominio Público" deberá ser aprobado mediante Decreto Supremo.
•Que la normatividad del sistema de Presupuesto es de aplicación obligatoria sin excepción alguna en todas las instituciones públicas señaladas en los Artículos 3 y 4 de la Ley 1178 de 20 de julio de 1990 - Ley de Administración y Control Gubernamentales, bajo responsabilidad de las máximas autoridades ejecutivas y de los servidores públicos que participan en el proceso presupuestario.
•Que en fecha 31 de julio de 2002 se ha suscrito el Convenio de Fortalecimiento Institucional a través del Desarrollo del Control Interno, firmado entre la Oficina de Cooperación Canadiense y la Contraloría General de la República por un monto de $us. 29.100.- (VEINTINUEVE MIL CIEN 00/100 DOLARES AMERICANOS) equivalentes a Bs. 233.673.- (DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SETENTA Y TRES 00/100 BOLIVIANOS).
•Que en cumplimiento al Artículo 7 de la Ley 2627, el Concejo Nacional de Política Económica y Social - CONAPES, en fecha 25 de marzo del presente año, mediante Resolución de CONAPES N° 3/2004, aprueba la inscripción de recursos para el Proyecto "Fortalecimiento Institucional a través del Desarrollo del Control Interno" de la Contraloría General de la República.
EN CONSEJO DE GABINETE, DECRETA:

Artículo Único.-
I. Se aprueba la inscripción del Presupuesto - Gestión 2004 de la Contraloría General de la República, en el marco del Convenio de Fortalecimiento Institucional a través del Desarrollo del Control Interno, con fondos de la Cooperación Canadiense por un monto de $us. 29.100.- (VEINTINUEVE MIL CIEN 00/100 DOLARES AMERICANOS), equivalente a Bs. 233.673.- (DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SETENTA Y TRES 00/100 BOLIVIANOS), de acuerdo al Anexo"A" adjunto.
II. Los fondos utilizados para la contratación de Consultorías y compras, deberán enmarcarse a lo establecido en la Ley 1178, a la normativa del donante y al Decreto Supremo 27040 que aprueba las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda queda encargado de la ejecución y cumplimiento al presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de abril del año dos mil cuatro.
Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Jorge Cortes Rodríguez, Xavier Nogales Iturri, Jorge Urquidi Barrau, Antonio Aranibar Quiroga, Donato Ayma Rojas, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Justo Seoane Parapaino.

Anexo - ANEXO AL D. S. N° 27433

DONACION EXTERNA FLARSP CANADA
ESTRUCTURA PROGRAMATICA
INGRESOS
(En Bolivianos) 18000 DONACIONES CORRIENTES 233.673.00
18200 Donaciones Corrientes del Exterior 233.673.00
18220 De Países y Organismos Internacionales 233.673.00
18222 No Monetizable 233.673.00
TOTAL 233.673.00
GASTOS
(En Bolivianos)
INSTITUCION: 093 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
FUENTE: 80 DONACION EXTERNA
ORGANISMO 511 AGENCIA CANADIENSE PARA EL
FINANCIADOR DESARROLLO INTERNACIONAL
DIREC. ADMTVA.: 02 DIRECCION ADMINISTRATIVA
UND.EJECUTORA: 02 DIRECCION ADMINISTRATIVA
PROGRAMA: 10 CONTROL GUBERNAMENTAL
ACTIVIDAD: 01 DIRECCION SUPERIOR
GESTION: 2004 20000 SERVICIOS NO PERSONALES 226.848.00
22000 Servicio de Transporte y Seguros 35.332.00
22100 Pasajes 35.332.00
25000 Servicios Profesionales y Comerciales 180.274.00
25200 Estudios e Investigaciones 168.630.00
25600 Imprenta 11.644.00
26000 Otros Servicios no Personales 11.242.00
26900 Otros Servicios no Personales 11.242.00
30000 MATERIALES Y SUMINISTROS 6.825.00
39000 Productos Varios 6.825.00
39500 Utiles de Escritorio y Oficina 6.825.00
TOTAL 233.673.00

0 Responses to “Decreto Supremo de Bolivia 27433”: